Suprema Corte blinda reguladores de energía

La Segunda Sala de la Suprema Corte resolvió que los jueces federales no pueden suspender las resoluciones o normas de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, así como de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) «Es improcedente la suspensión de los efectos de las normas reglamentarias o resoluciones, emitidas por los organismos reguladores en materia de energía», advirtieron los ministros al resolver el amparo en revisión 271/2017 promovido por Altos Hornos de México. La empresa metalúrgica se amparó contra actos de la CRE, consistentes en la metodología para determinar los precios máximos de Gas Natural objeto de venta de primera mano, así como el artículo séptimo transitorio del reglamento de la Ley de Hidrocarburos.

Fuente: El Financiero Pág. 006. Nota de David Saúl Vela

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