Salubridad decretó suspensión inmediata de actividades no esenciales. Se consideran esenciales las áreas financieras, de recaudación tributaria, distribución y venta de energéticos, gasolinerías y gas, agua potable. Además de mercados de alimentos, tiendas de autoservicio, abarrotes y venta de alimentos preparados. Telecomunicaciones y medios de información, servicios privados de emergencia, servicios funerarios y de inhumación, de almacenamiento y logística (aeropuertos, puertos y ferrocarriles). A la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para la aplicación de disposiciones sobre vuelos, entradas y salidas de aeropuertos y vuelos.
El Economista Pág. 040. Nota Maritza Pérez